NUEVA LEY DE RESIDUOS PLÁSTICOS
El pasado mes de abril se aprueba la Ley 7/2022, de residuos y suelos contaminados para una economía circular derogándose la anterior Ley 22/2011. El objetivo principal de la nueva ley consiste en prevenir y reducir el impacto de determinados residuos para proteger la salud humana y del medio ambiente con la reducción del peso de los residuos producidos de un 13% en 2025 y de un 15% en 2030 .
Entre ellos, se detallan las medidas para la limitar ciertos productos plásticos y su correcta gestión en consonancia con la Directiva (UE) 2019/904, en la que se recalca la necesidad de reducir los productos plásticos de un solo uso, y para ello, se establecen los objetivos de reducción y de diseño.
En el Anexo IV de esta ley se especifica la prohibición de la introducción de los productos plásticos de un solo uso en el mercado como los plásticos oxodegradables, las artes de pesca que contienen plástico y las microesferas de menos de 5 mm.
En el caso de los plásticos no reutilizables, se establece un impuesto para prevenir la generación de envases compuestos por más de un material plástico. Este gravamen recaerá sobre la fabricación, importación o bien la adquisición intracomunitaria de los envases de plástico no reutilizable y la cuantía del tipo impositivo será de 0,45 €/kg de plástico no reciclado. Además, los productores deberán asumir los costes de las medidas de concienciación, los costes de recogida de los residuos y los costes de la limpieza de los vertidos de basura dispersa y su posterior transporte y tratamiento.
Esta ley prevé que desde 2023 los comercios minoristas de alimentación con una superficie de más de 400 m2 destinen el 20% de su superficie a productos sin embalaje primario, por ejemplo, mediante la venta a granel o el uso de envases reutilizables; la prohibición de destrucción o la eliminación de excedentes no vendidos de productos no perecederos.
Entre los productos exentos a la Ley y que por lo tanto no será necesario su marcaje, de acuerdo con las especificaciones del Reglamento de Ejecución 2020/2151 de la Comisión, se incluyen los productos exportados fuera de España ya que no estarán sujetos al impuesto aquellas exportaciones directas que acrediten su salida y los productos sanitarios.Con esta nueva ley y los reglamentos precedentes se espera reducir los impactos causados por los plásticos de un solo uso y los no reutilizables en los diferentes sectores para así mantener una buena salud ambiental y humana. (se deberán establecer nuevas recogidas separadas obligatorias, para el papel, los metales, el plástico y el vidrio)
Entre las novedades de la nueva normativa también la revisión del régimen sancionador, que incluye nuevas infracciones, como el abandono de basura dispersa (littering) o la quema no autorizada de residuos agrarios y silvícolas, y el no establecimiento de recogidas separadas.
Por otro lado, también incluye una disposición específica sobre el amianto, que obliga a los ayuntamientos a elaborar un censo de instalaciones y emplazamientos con amianto con un calendario para su retirada.