NUEVA LEY DE RESIDUOS PLÁSTICOS

El pasado mes de abril se aprueba la Ley 7/2022, de residuos y suelos contaminados para una economía circular derogándose la anterior Ley 22/2011. El objetivo principal de la nueva ley consiste en prevenir y reducir el impacto de determinados residuos para proteger la salud humana y del medio ambiente con la reducción del peso de los residuos producidos de un 13% en 2025 y de un 15% en 2030 .

Entre ellos, se detallan las medidas para la limitar ciertos productos plásticos y su correcta gestión en consonancia con la Directiva (UE) 2019/904, en la que se recalca la necesidad de reducir los productos plásticos de un solo uso, y para ello, se establecen los objetivos de reducción y de diseño.

Aunque en los últimos años se ha avanzado en la gestión de los residuos, España sigue lejos del objetivo comunitario de reciclado, el 50% en 2020, y aún más de las metas que se han incorporado recientemente: 55% en 2025, 60% en 2030 y 65% en 2035, y del objetivo de vertido máximo del 10% en 2035.

En el Anexo IV de esta ley se especifica la prohibición de la introducción de los productos plásticos de un solo uso en el mercado como los plásticos oxodegradables, las artes de pesca que contienen plástico y las microesferas de menos de 5 mm.

En el caso de los plásticos no reutilizables, se establece un impuesto para prevenir la generación de envases compuestos por más de un material plástico. Este gravamen recaerá sobre la fabricación, importación o bien la adquisición intracomunitaria de los envases de plástico no reutilizable y la cuantía del tipo impositivo será de 0,45 €/kg de plástico no reciclado. Además, los productores deberán asumir los costes de las medidas de concienciación, los costes de recogida de los residuos y los costes de la limpieza de los vertidos de basura dispersa y su posterior transporte y tratamiento.
Esta ley prevé que desde 2023 los comercios minoristas de alimentación con una superficie de más de 400 m2 destinen el 20% de su superficie a productos sin embalaje primario, por ejemplo, mediante la venta a granel o el uso de envases reutilizables; la prohibición de destrucción o la eliminación de excedentes no vendidos de productos no perecederos.

Entre los productos exentos a la Ley y que por lo tanto no será necesario su marcaje, de acuerdo con las especificaciones del Reglamento de Ejecución 2020/2151 de la Comisión, se incluyen los productos exportados fuera de España ya que no estarán sujetos al impuesto aquellas exportaciones directas que acrediten su salida y los productos sanitarios.Con esta nueva ley y los reglamentos precedentes se espera reducir los impactos causados por los plásticos de un solo uso y los no reutilizables en los diferentes sectores para así mantener una buena salud ambiental y humana. (se deberán establecer nuevas recogidas separadas obligatorias, para el papel, los metales, el plástico y el vidrio)

Introduce un calendario de implantación de esas recogidas separadas de residuos para su preparación para la reutilización y reciclado y valorización.
En el caso de residuos textiles, aceites de cocina usados, residuos domésticos peligrosos y residuos voluminosos, su recogida separada deberá estar implantada a partir de 2025
Introduce las previsiones de desarrollo de la responsabilidad ampliada del productor para los textiles, los muebles y enseres y los plásticos de uso agrario en el plazo de 3 años desde su entrada en vigor, así como para otros productos de plástico como los del tabaco.

Entre las novedades de la nueva normativa también la revisión del régimen sancionador, que incluye nuevas infracciones, como el abandono de basura dispersa (littering) o la quema no autorizada de residuos agrarios y silvícolas, y el no establecimiento de recogidas separadas.

Por otro lado, también incluye una disposición específica sobre el amianto, que obliga a los ayuntamientos a elaborar un censo de instalaciones y emplazamientos con amianto con un calendario para su retirada.

Por último, con el ánimo de avanzar hacia la economía circular, se introduce en la ley otro instrumento económico, además del impuesto a los envases de plástico no reutilizables, en la forma de medida fiscal que mejorarán la aplicación de la jerarquía de residuos. Ambos instrumentos entrarán en vigor en 2023.

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