¿Sigue siendo el SMI un criterio válido para librarse del alta en autónomos?
  • El SMI y el alta en autónomos hasta 2023
  • ¿Qué pasa si no me doy de alta?
  • El SMI y el alta en autónomos a partir de 2023
  • Consideraciones finales

El SMI y el alta en autónomos hasta 2023

La batalla de una mujer autónoma contra la Seguridad Social

En 1997, una sentencia del Tribunal Supremo (TS) hizo temblar a la Seguridad Social al dar la razón a una mujer autónoma de bajos ingresos que había sido sancionada por no darse de alta en el régimen de autónomos (RETA).

Lola era una ama de casa y también trabajaba como subagente de seguros. Aunque había facturado por debajo del salario mínimo interprofesional (SMI), la Seguridad Social consideraba que no era suficiente para librarse del alta. Sin embargo, el Tribunal Supremo sentenció que el SMI era un criterio válido para el alta de autónomos en la Seguridad Social, pero únicamente para los subagentes de seguros.

La reacción posterior de la Seguridad Social

Lamentablemente, la Seguridad Social no acató la sentencia y continuó aplicando el criterio de alta en el RETA sin tener en cuenta los ingresos de los autónomos.

En los años siguientes, hubo nuevas sentencias judiciales que respaldaron el SMI como umbral válido y se establecieron criterios adicionales que complicaron la situación. Estos criterios incluían el ámbito temporal (si la actividad se realiza de manera cotidiana) y si el trabajo por cuenta propia era la principal fuente de ingresos.

Por ejemplo, un empleado de banca que dedica algunas tardes a llevar la contabilidad de una empresa podría librarse del alta en el RETA, ya que no es su actividad principal. Sin embargo, si se trata de una profesión que requiere habitualidad, independientemente de los ingresos, entonces sí sería necesario darse de alta.

¿Qué pasa si no me doy de alta?

Es importante tener en cuenta las consecuencias de no darse de alta en el régimen de autónomos. Si decides no registrarte como autónomo y no cumplir con tus obligaciones legales, te expones a posibles sanciones y problemas con la Seguridad Social.

Al no estar dado de alta, no tendrías acceso a los beneficios y protecciones que ofrece el sistema de seguridad social, como la cobertura médica, el derecho a la prestación por desempleo o la jubilación. Además, podrías enfrentarte a multas significativas si la Seguridad Social detecta tu actividad no declarada.

Es importante valorar las implicaciones legales y financieras antes de decidir no darse de alta como autónomo. En muchos casos, es recomendable cumplir con las obligaciones establecidas por la ley para evitar problemas futuros.

El SMI y el alta en autónomos a partir de 2023

A partir de 2023, con la entrada en vigor del nuevo sistema de cotización de autónomos, se estableció la obligación de cotizar en el régimen de autónomos de la Seguridad Social (RETA). Sin embargo, surge la duda de si el salario mínimo interprofesional (SMI) sigue siendo un criterio válido para evitar darse de alta en la Seguridad Social.

Con el nuevo sistema de cotización, se ha ampliado el ámbito de aplicación de las obligaciones para los autónomos, independientemente de sus ingresos. Esto significa que todos aquellos que realicen una actividad profesional están obligados a cotizar en el RETA, sin importar cuánto ganen.

Es esencial comprender que el SMI ya no puede utilizarse automáticamente como un recurso para evitar el alta en la Seguridad Social. Cada situación puede ser única y está sujeta a la interpretación de los tribunales y las directrices de la Inspección de Trabajo.

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