Bonificaciones Maternidad & Paternidad
A partir del 1 de septiembre de 2023, conozca los cambios afecta a los contratos de sustitución por maternidad y paternidad.
A partir del 1 de septiembre fecha en la que entran en vigor los cambios en las bonificaciones este incentivo se reduce. En concreto:
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La bonificación del contrato de sustitución en estos supuestos será de 366 euros al mes durante el período en el que se superpongan el contrato de sustitución y la respectiva prestación del sustituido.
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¡Sólo permite aplicar el incentivo si la persona sustituida es un desempleado menor de 30 años.
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La bonificación en la cotización de la persona sustituida también será de 366 euros al mes.
Haga números
Pagará más. Vea, en la práctica, cuánto dinero empezará a pagar de más si formaliza el contrato de sustitución a partir del 1 de septiembre.
Ejemplo. Una de sus trabajadoras tiene un salario mensual de 2.000 euros. Al suspender su contrato por nacimiento y cuidado de menor, usted contrata a un sustituto, que se encuentra desempleado y es menor de 30 años, con un sueldo mensual de 1.800 euros. Apunte. Compare los costes de Seguridad Social que soportará antes y después de la entrada en vigor de esta nueva ley:
Sustituida | Sustituto | |||
Concepto | Hasta ahora | A partir de sept. | Hasta ahora | A partir de sept. |
Base cotización | 2.000 | 2.000 | 1.800 | 1.800 |
Coste cotiz. (31,40% + MEI) | 638 | 638 | 574 | 574 |
Bonificación | 628 | 366 | 565,20 | 366 |
Coste totalmensual cotiz. | 10 | 272 | 8,8 | 208 |
- Considerando un tipo por accidentes del 1,50%.
- Las bonificaciones no aplican al MEI.
Mayor coste. Si hasta ahora se ahorraba la aportación empresarial a la Seguridad Social de ambos trabajadores, a partir de septiembre asumirá un coste mensual de 480 euros (272 + 208). Considerando que la maternidad dura unos cuatro meses, acabará soportando un coste total de 1.920 euros (480 × 4). ¡Atención! Todo ello, teniendo en cuenta que contrata a un menor de 30 años. Si la persona sustituida tiene una edad superior, no podrá aplicar incentivos.
Antes de septiembre. Si suscribe el contrato antes del 1 de septiembre y se alarga con posterioridad a esa fecha, podrá aplicar el incentivo del 100% durante todo el contrato (se aplicará la norma vigente en el momento de su celebración).