Ayudas INVERSIONES (ESEMDI) 2023 para la realización de Inversiones en entidades de economía social (terrenos, edificios ya construidos, inmovilizados materiales e inmateriales vinculados a las NTICS, equipos para la producción, consistentes en maquinaria, instalaciones técnicas, herramientas o utillaje; mobiliario, vehículos industriales y obras de construcción; y mejora, acondicionamiento o reforma de inmuebles)
BENEFICIARIOS
Podrán acogerse a estas ayudas las cooperativas y sociedades laborales, preexistentes o de nueva constitución, para la actuación de incorporación, con carácter indefinido y en centros de trabajo ubicados en el territorio de la Comunitat Valenciana, como socias trabajadoras o socias de trabajo, de personas desempleadas y de personas con contrato de trabajo de carácter temporal, en la misma cooperativa o sociedad laboral en la que se integren como socias, siempre que cumplan los requisitos que se indican a continuación.
No obstante, estas ayudas NO serán de aplicación a las empresas que operen en los sectores excluidos por el artículo 1 del Reglamento (UE) Nº1407/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013 (DOUE L 352, de 24/12/2013).
Objeto de la ayuda:
Inversión mínima 2.000 euros:
- Inversión en activos fijos nuevos.
- Inversión en bienes usados, sólo para los casos de ERE, jubilación de empresario individual o procendete de empresa en crsis
Requisitos de actuación:
- Terrenos
- Edificios ya construídos
- Inmovilizado TICS
- Equipos para la producción, maquinaria, herramientas o utillaje,
- Mobiliario (empresas de determinados CNAE)
- Vehículos industriales
- Adquisición activos fijos (ERE o procedente de jubilación o empresa en crisis)
Importe de la ayuda:
- Hasta el 50% del coste de adquisición (incluye ordenadores y software personalizados).
- Hasta el 40% y límite de 5.000 euros en caso de webs.
- 30% en inmuebles y compras de ordenadores y software para gestión administrativa.
- 10% en terrenos o inmuebles con inferior valor.
Límites: La cantidad menor resultante de los dos casos siguientes:
– Resultado de multiplicar el nº dde socios x 15.000 euros 13.000 euros o 12.000 euros (según la dimensión de la beneficiaria).
– El quíntuple del capital social.
El plazo para presentar las solicitudes finaliza el 31 de marzo de 2023.
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