¿Qué es Carpeta Justicia?

Consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BASES). Metaverso y Web 3

Primero. Beneficiarios.

Podrán tener la condición de beneficiarios los profesionales inscritos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, las pequeñas y medianas empresas y las microempresas que sean de nacionalidad española o de cualquier Estado miembro de la Unión Europea o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y tengan residencia fiscal en España.

Segundo. Objeto.

Se convocan ayudas en los términos establecidos en las bases reguladoras, destinadas a proyectos de desarrollo experimental e innovación de procesos mediante el uso de las tecnologías asociadas al metaverso y la Web 3 que tengan como finalidad una de las siguientes:

  1. Prototipado o procesos innovadores de nuevas herramientas de producción audiovisual y de contenidos digitales.
  2. Prototipos o procesos innovadores que hagan uso de las tecnologías asociadas al Metaverso y Web 3 para la transformación social y la integración de colectivos desfavorecidos, especialmente en lo referente a la brecha de género.
  3. Creación de nuevos espacios de trabajo y colaboración virtuales.
  4. Prototipos o procesos innovadores que implementen las tecnologías asociadas al Metaverso en entornos culturales, sanitarios o educativos.

Tercero. Bases reguladoras.

Orden por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para proyectos de desarrollo experimental e innovación de procesos que hagan uso de las tecnologías asociadas al metaverso y la Web 3.

Cuarto. Cuantía.

La cuantía total disponible para esta convocatoria es de 3,8 millones de euros con cargo Servicio 12, aplicación presupuestaria 27.12.467I.776 «Programas para el desarrollo del Hub audiovisual».

La ayuda se concede mediante un procedimiento de concurrencia competitiva.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será desde el 4 de agosto hasta las 13 horas del 31 de agosto de 2022.

En el plazo establecido los solicitantes deben presentar la solicitud, memoria del proyecto, plan de hitos y cronograma, acuerdos cerrados con terceros y memoria económica.

El plazo para aceptar las ayudas será de 5 días hábiles desde la publicación de la propuesta de resolución definitiva.

Sexto. Otros datos.

Las solicitudes se presentarán a través del formulario específico publicado en la sede electrónica de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital (https://sede.mineco.gob.es/)

El plazo final de ejecución de los proyectos objeto de ayuda concluirá el 31 de diciembre de 2023.

El pago de la subvención se realiza en todos los casos con carácter anticipado tras dictarse la resolución de concesión.

Como garantías para el cobro, se exige constituir garantía en la Caja General de Depósitos por el 100% de la ayuda concedida.

Para la acreditación de la realización del proyecto se exige cuenta justificativa con aportación de los justificantes de gasto y de pago, junto con informe de auditor.

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