fiscalidad medioambiental

CONVOCATORIA SOSTENIBILIDAD 2022 PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE APOYO A LA INNOVACIÓN EN MATERIA DE SOSTENIBILIDAD, ASÍ COMO PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS ECONÓMICAS A LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS DE CASTELLÓN.

“Potenciar la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación”micro, pequeñas y medianas) y las personas inscritas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la demarcación cameral de la Cámara de Castellón.

  • El Programa se materializa a través de las siguientes acciones de apoyo directo:
    a. Diagnóstico Asistido en Sostenibilidad, que permitirá a la Pyme analizar su nivel de desarrollo sostenible y sus posibilidades de mejora mediante el estudio de su huella de carbono, del uso eficiente de la energía, del desarrollo del modelo de economía circular, y de la implementación de los ODS.
  • b. Ayudas económicas para la implantación de las soluciones y mejoras detectadas que se detallarán en el Plan Personalizado de Implantación. Este Plan recogerá las características de los proyectos a implantar, los proveedores seleccionados libremente por la empresa para acometer los mismos y la financiación comprometida. Para cada proyecto se definirán los conceptos y costes elegibles, así como los plazos de ejecución y justificación de la inversión realizada.

REQUISITOS DE LOS BENEFICIARIOS

.-Ser una Pyme, según la definición recogida en el anexo 1 del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 20141 o autónomo.
.- Estar dada de alta en el Censo IAE. Independientemente de los epígrafes del IAE en los que estén dadas de alta, quedan exceptuadas aquellas empresas que operen en los sectores de la pesca, la acuicultura, el carbón y la producción primaria de los productos agrícolas que figuran en la lista del Anexo I del TFUE.
.- No encontrarse incursa en ninguna de las prohibiciones a que hace referencia el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, o normativa aplicable en la materia propia de la Comunidad Autónoma correspondiente.
.- Tener su domicilio social y/o centro productivo en alguno de los municipios de la demarcación de la Cámara de Comercio de Castellón.
En el caso de que una empresa posea varias sedes, centros productivos, delegaciones, sucursales, etc. el centro destinatario y directamente beneficiario ha de estar ubicado en alguno de los municipios anteriormente citados.

.-Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
.- Cumplir la norma de minimis, según lo dispuesto en el Reglamento UE Nº1407/2013, de la Comisión, de 18.12.2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DO L 352 de 24.12.2013)2 (la ayuda total de minimis concedida a una única empresa no será superior a 200.000 euros o 100.000 euros en el caso de las empresas que operen en el sector transporte por carretera, durante cualquier período de tres ejercicios fiscales)

.- Poseer intención de mejorar su competitividad a través de la aplicación de las medidas de sostenibilidad que se determinen a través del diagnóstico practicado y estar dispuesta a cumplir las condiciones del Programa.
.- No haber resultado beneficiaria de la Fase II del programa en anteriores anualidades.
.- Podrán optar directamente a la Fase II aquellas Pymes y autónomos que:
a) Hayan justificado documentalmente su participación previa en la Fase I del Programa, en la presente convocatoria o dentro de la anualidad anterior a la misma (y que no hayan sido beneficiarias de Fase II), o b) acrediten haber participado en la anualidad anterior en un programa similar de asesoramiento en materia de sostenibilidad
de organismos de Promoción de las Comunidades Autónomas, de organismos públicos nacionales, regionales o locales o de Cámaras de Comercio, siempre que cumplan los requisitos del anexo a la presente convocatoria.
.- Cumplir con los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, confidencialidad, igualdad y no discriminación en relación la obligación que le impone el art 31 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
.- Cumplir la totalidad de los requisitos exigidos en la presente convocatoria.

AYUDAS ECONÓMICAS PARA LA IMPLANTACIÓN DE LA SOSTENIBILIDAD EN LAS PYMES

El porcentaje máximo de ayuda a percibir por cada empresa será del 50%, de la inversión realizada sobre un coste máximo elegible1 de 7.000 €, por lo que la cuantía máxima de la ayuda será de 3.500€.

El plazo para la presentación de solicitudes en la referida Sede se abrirá a las 09:00h, una vez transcurridos 5 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto de esta Convocatoria en el Boletín en el Boletín Oficial de la provincia de Castellón y hasta las 14:00h del día 30 de septiembre de 2022, si bien el plazo podrá acortarse en caso de agotarse el presupuesto.

Los interesados, tanto personas jurídicas como personas físicas (empresarios individuales o autónomos), sólo podrán presentar su solicitud y documentación que se acompañe a la misma, a través del formulario habilitado a tal efecto en la Sede electrónica: CONVOCATORIA

TRAMITE

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