El complemento de comida por jornada partida puede suprimirse en caso de teletrabajo.
La Audiencia Nacional ha validado dicha supresión [AN 22-09-2021] , la empresa instauró el teletrabajo y con ello, suprimió la compensación por comida prevista en el convenio. El Tribunal considera que esta compensación tiene carácter indemnizatorio. Según el convenio, su entrega es obligatoria salvo que se facilite un servicio de restaurante o comedor en el centro de trabajo…