Supuestos en los que no podrá demorar el ofrecimiento de la revisión médica. En concreto:
- Si contrata a nuevos trabajadores, deberá ofrecerles la revisión cuando los contrate.
- También deberá ofrecer la revisión médica si cambia las funciones de algún trabajador y las nuevas funciones implican nuevos riesgos para su seguridad y su salud.
- Si un trabajador se reincorpora al trabajo tras una IT de larga duración (por ejemplo, de más de tres meses), también deberá ofrecerle la revisión en ese momento.