tribunal supremo subsidio autonomos

El Supremo sentencia que los autónomos pueden deducirse las comidas de trabajo con clientes en contra de Hacienda.

el Alto Tribunal sentó jurisprudencia con la sentencia 458/2021, sobre uno de los conceptos más controvertidos al determinar que se pueden deducir los gastos de representación, siempre que redunden en ingresos para el negocio, ya sean directos o indirectos.

Casi todos los autónomos piensan en una comida de negocios, este concepto engloba todos aquellos costes destinados a representar a una empresa con el objetivo de mejorar su imagen ante los clientes. Y en esa definición, según los expertos, entraría una lista casi interminable de gastos que un autónomo puede efectuar como medio para lograr mejorar su imagen frente a clientes y proveedores o conseguir un acuerdo comercial: desde el pago de hoteles, a entradas a espectáculos deportivos o culturales -fútbol, cine, teatro, ópera…-, hasta invitaciones a eventos, ferias o instalaciones relacionadas con el cuidado o el bienestar.

Gracias a cinco sentencias emitidas por el Tribunal Supremo, una en febrero de 2021; otra en marzo del mismo año, y tres en julio de 2022, los autónomos ya pueden deducirse cuatro gastos que hasta el momento Hacienda denegaba de forma casi automática en impuestos como el IRPF o Sociedades. Todas estas sentencias han fijado doctrina y han permitido, mediante la jurisprudencia, que los trabajadores por cuenta propia puedan desgravar en la práctica los salarios de sus socios, los gastos de los préstamos que solicitan para el negocio, los intereses de demora por aplazar impuestos y hasta las comidas con clientes.

Cuatro gastos que el Supremo ya permite deducir a los autónomos en Sociedades o IRPF

los autónomos societarios la deducción de gastos como:

  1. los derivados de un crédito,
  2. los intereses de un aplazamiento
  3. los sueldos de los socios de una empresa, en el impuesto de sociedades .
  4. y ahora tambien que los autónomos persona física puedan desgravarse las comidas o regalos a clientes en el IRPF.

Siempre, que cumplan los requisitos generales de deducibilidad –inscripción contable, imputación con arreglo a devengo, y justificación documental-.

 

El Supremo permite a los negocios deducir los intereses de los aplazamientos tributarios en el Impuesto de Sociedades.

El Tribunal Supremo resolvió el 8 de febrero de 2021, mediante el recurso número 3071/2019, que los intereses de demora están correlacionados con los ingresos, pues están conectados con el ejercicio de la actividad empresarial y deben ser deducibles en el Impuesto de Sociedades como casi cualquier otro gasto que pueda soportar el autónomo en el ejercicio de su actividad. Las multas y sanciones que se le imponen a los negocios, que en ningún caso son deducibles.

El Supremo permite a los autónomos deducirse las comidas y gastos de atención a clientes en IRPF.

el Alto Tribunal sentó jurisprudencia con la sentencia 458/2021, sobre uno de los conceptos más controvertidos al determinar que se pueden deducir los gastos de representación, siempre que redunden en ingresos para el negocio, ya sean directos o indirectos (invitaciones a casi cualquier evento, comidas en restaurantes y hasta viajes de negocios desde el pago de hoteles, a entradas a espectáculos deportivos o culturales -fútbol, cine, teatro, ópera…-, hasta invitaciones a eventos, ferias o instalaciones relacionadas con el cuidado o el bienestar), costes destinados a representar a una empresa con el objetivo de mejorar su imagen ante los clientes.

La ley del Impuesto de Sociedades dice respecto a los gastos de atención a clientes o proveedores que «serán deducibles siempre que se encuentren documentados en facturas que cumplan los requisitos formales y que se justifiquen como necesarios para la actividad, hasta el límite del 1% de los ingresos anuales».

Los autónomos societarios también pueden deducirse el sueldo de sus socios, según dos sentencias del Supremo.

El Alto Tribunal emitió el 6 y 11 de julio de 2022 dos sentencias en las que reconoce abiertamente el derecho de las pequeñas sociedades a deducirse como gasto el sueldo de cualquiera de sus socios, mayoritarios o no que trabajen en en el negocio, aunque esta retribución no se haya reflejado previamente en los estatutos de la sociedad.

«la realidad de la prestación del servicio, su efectiva retribución y su correlación con la actividad empresarial. Todo esto frente a la tesis de la Administración, que entendía que esas cantidades no eran deducibles, por no ser obligatorias» el Tribunal Supremo ha dejado claro que «la Administración carece de facultades para calificar un determinado acto o negocio de forma libérrima».

El Tribunal Supremo dice que los autónomos siempre pueden deducirse los intereses y gastos de sus créditos .

También en julio de 2022, el Alto Tribunal emitió una sentencia que dio de nuevo la razón a un autónomo societario, los intereses -y demás costes- que soportan los autónomos al solicitar un préstamo son deducibles en el Impuesto de Sociedades.

«La sentencia se basa en el mismo fundamento y, además, matiza que los intereses y demás costes de un préstamo todavía se pueden entender menos como una liberalidad, porque tienen un coste para el negocio, al igual que el préstamo del que dependen».

Estos gastos serán deducibles en el Impuesto de Sociedades siempre que cumplan con los requisitos generales de deducibilidad del gasto, esto es, «inscripción contable, imputación con arreglo a devengo, y justificación documental», añade el Supremo.

Deja una respuesta

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.