El Convenio 190 (C190) de la OIT sobre acoso y violencia en el trabajo entró en vigor en España

El pasado jueves 25 de mayo, el Convenio 190 (C190) de la OIT sobre acoso y violencia en el trabajo entró en vigor en España.

Esta medida, junto con otras nuevas normas como la Ley 15/2022 de igualdad de trato y no discriminación, obliga a las empresas a revisar a fondo sus planes de acoso y sus planes de igualdad.

El Convenio 190 ha estado en vigor en España desde el 25 de mayo de 2023, según lo establecido en el Instrumento de adhesión al Convenio sobre la eliminación de la violencia y el acoso en el mundo del trabajo, firmado en Ginebra el 21 de junio de 2019 (publicado en el BOE el 16 de junio de 2022).

Es importante destacar que este Convenio, junto con la Recomendación 206, es la primera norma internacional del trabajo que proporciona un marco común para prevenir, remediar y eliminar la violencia y el acoso en el mundo laboral, incluyendo la violencia y el acoso por razón de género.

En cuanto al alcance y espectro del Convenio 190, es importante mencionar que su aplicación es amplia y cubre no solo a los trabajadores, sino también a otras figuras como voluntarios o candidatos en un proceso de selección, así como a trabajadores que hayan sido despedidos.

Esto abre un nuevo escenario y refuerza la protección contra el acoso y la violencia en todas sus formas en el ámbito laboral.

El Convenio 190 abarca diversos ámbitos, no se limita al espacio físico del lugar de trabajo.

  • Incluye el lugar de trabajo físico,
  • los espacios públicos y privados que se consideren lugares de trabajo,
  • los desplazamientos,
  • viajes,
  • eventos o actividades sociales o de formación relacionados con el trabajo,
  • así como las comunicaciones relacionadas con el trabajo,
  • incluyendo aquellas realizadas a través de tecnologías de la información y la comunicación.

También abarca el alojamiento proporcionado por el empleador y otros lugares asociados al trabajo, como donde se paga al trabajador, donde toma su descanso, come, utiliza las instalaciones sanitarias o los vestuarios.

A continuación, se presentan los puntos clave que las empresas deben tener en cuenta ante la entrada en vigor del Convenio 190 en España:

  1. Revisar los planes de acoso y los planes de igualdad: Es importante que las empresas revisen tanto sus planes o políticas de acoso como sus planes de igualdad para alinearlos y abarcar todos los casos protegidos por el convenio. Todas las compañías, independientemente de su número de trabajadores, están obligadas a tener un plan de acoso, aunque esta obligación a menudo no se cumple. Además, las empresas con 50 o más trabajadores deben tener elaborado y registrado su Plan de Igualdad.
  2. Gestión de riesgos psicosociales: El Convenio 190 enfatiza la prevención de riesgos laborales, por lo que es fundamental revisar la gestión de los riesgos psicosociales asociados al puesto de trabajo. Sería deseable una modificación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales para adaptarla a las disposiciones del convenio. Las empresas deben identificar los peligros y evaluar los riesgos de violencia y acoso en el trabajo, con la participación de los representantes de los trabajadores, y adoptar medidas para prevenir y controlar dichos peligros y riesgos, realizando un seguimiento si es necesario.
    1. El ciberacoso y el acoso a través de medios tecnológicos en las empresas: El convenio establece que las comunicaciones relacionadas con el trabajo, incluidas aquellas realizadas a través de tecnologías de la información y comunicación, están protegidas por el convenio. Esto incluye cuestiones como el ciberacoso. Por lo tanto, es fundamental abordar específicamente este tema dentro del plan de acoso y/o el Plan de Igualdad de las empresas.

     

De hecho, más allá del Convenio 190, ya se han dictado sentencias en los tribunales laborales sobre casos de acoso laboral relacionados directamente con el uso de medios tecnológicos. Estas sentencias ponen de manifiesto la importancia de abordar este tema de manera adecuada y de implementar medidas de prevención en las empresas.

  1. El impacto en los tribunales laborales: Será interesante observar el impacto que el Convenio 190 tenga en los tribunales laborales, especialmente en casos de nulidad del despido por acoso laboral, demandas por mobbing y el alcance del concepto de «violencia laboral», dado que el convenio abarca más allá del lugar de trabajo físico.
  2. Negociación colectiva: También será relevante ver cómo la negociación colectiva se adapta al Convenio 190. En los nuevos convenios colectivos que se negocien, es importante tener en cuenta lo establecido en este convenio para garantizar la protección contra la violencia y el acoso en el ámbito laboral.

 

 

En conclusión, la entrada en vigor del Convenio 190 en España implica que las empresas deben tomar medidas para cumplir con las disposiciones establecidas.

Es necesario revisar los planes de acoso y los planes de igualdad, gestionar los riesgos psicosociales, abordar el ciberacoso y adaptar las políticas laborales de acuerdo con las disposiciones del convenio. Además, será fundamental estar al tanto de los cambios en la jurisprudencia laboral y considerar el impacto en la negociación colectiva.

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