En ASEREM, entendemos la importancia de mantenerse al día con los últimos cambios en la legislación laboral. La nueva ley laboral introducida por el gobierno español el 28 de febrero de 2023 no es una excepción. En este artículo exploraremos los cambios introducidos por esta ley y cómo pueden afectar a los empresarios y trabajadores en España.
Resumen de la Nueva Ley de Empleo
La nueva ley laboral introduce varios cambios que tienen como objetivo brindar una mejor protección y beneficios a los empleados. Algunos de los cambios clave son los siguientes:
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Aumento del Salario Mínimo – El salario mínimo se ha incrementado en un 10% hasta los 1080€ al mes. Se espera que este cambio beneficie a alrededor de 2,5 millones de trabajadores en España. Y establece como límite de inembargabilidad en el mes en que se percibe, junto a la mensualidad ordinaria, una gratificación o paga extraordinaria, está constituido por el doble del importe del SMI mensual. Al exceso percibido sobre tal cantidad se le aplicará la escala recogida en el artículo 607.2 de la LEC. En cambio, en el caso de que en el salario mensual percibido estuviera incluida la parte proporcional de las pagas o gratificaciones extras, el límite de inembargabilidad estará constituido por el importe del SMI en cómputo anual (SMI mensual x 14) prorrateado entre 12 meses. Al exceso percibido se le aplicará la referida escala civil. Recuérdese, no obstante, que esta garantía cede respecto del derecho a la pensión de alimentos en procesos civiles ex artículo 608 de la LEC, en porcentajes fijados por la decisión judicial.
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El SEPE pasa a denominarse Agencia Española del Empleo
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Derecho a no ser discriminado por razón de lengua dentro del Estado español por parte de los servicios públicos, incluso los servicios de empleo de los ayuntamientos, empresas públicas o privadas de colocación.
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Órganos de Gobernanza del Sistema Nacional de Empleo: Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales, y Consejo General del Sistema Nacional de Empleo (Descripción y Funciones).
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Instrumentos de Planificación y coordinación de la política de empleo.
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La Agencia Española del Empleo (AEE) sustituirá al actual SEPE. Las agencias privadas de empleo colaborarán con las públicas y con los servicios correspondientes de las comunidades autónomas -acuerdos marco de colaboración de vigencia cuatrienal-, las cuales no podrán discriminar a nadie por razón de edad, sexo, discapacidad, salud, orientación sexual e identidad de género o expresión de género y características sexuales, nacionalidad, origen racial o étnico, religión o creencias, opción política, afiliación sindical, así como por razón de lengua.
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Se establece un catálogo de servicios garantizados a personas demandantes de servicios de empleo, personas, empresas y demás entidades empleadoras (cartera común de servicios).
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El Gobierno elaborará un reglamento para medir la eficacia de la actividad de las agencias de colocación. Se tendrán en cuenta aspectos como el número y perfil de las personas atendidas, las ofertas de empleo captadas, la reducción de la brecha de género entre el hombre y la mujer y las inserciones en el mercado laboral conseguidas.
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Ampliación de los colectivos prioritarios de inserción laboral: jóvenes; desempleados de larga duración; mayores de 45 años; trabajadores de sectores en reestructuración; personas LGTBI, en particular trans; personas con discapacidad; con capacidad intelectual límite y con trastornos del espectro autista y víctimas de violencia de género, etc.
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Introducción del «Derecho a desconectarse«: los empleados tendrán derecho a desconectarse de las comunicaciones relacionadas con el trabajo fuera del horario laboral. Este cambio tiene como objetivo promover un mejor equilibrio entre la vida laboral y personal y reducir los impactos negativos de las comunicaciones excesivas relacionadas con el trabajo en la salud mental y el bienestar de los empleados. Los empleadores deben establecer protocolos para garantizar que los empleados puedan ejercer este derecho de manera efectiva.
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Obligación de proporcionar una razón para el despido: ahora se requerirá que los empleadores proporcionen una razón válida para despedir a un empleado. El no hacerlo puede dar lugar a que se emprendan acciones legales contra el empleador. Este cambio tiene como objetivo brindar mayor seguridad laboral a los empleados y reducir los despidos improcedentes.
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El apartado dos de la disposición final octava de la Ley de Empleo da nueva redacción al artículo 51.2 del ET para establecer que el informe de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, además de comprobar –como hasta ahora– los extremos de la comunicación y el desarrollo del periodo de consultas, se pronunciará –y aquí está la novedad– sobre la concurrencia de las causas especificadas por la empresa en la comunicación inicial y constatará si la documentación presentada por esta se ajusta a la exigida en función de la causa concreta alegada para despedir.
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Falsos Autónomos, permite a la Inspección de Trabajo actuar de forma más rápida frente a las compañías que utilicen la figura de los falsos autónomos. El objetivo es reducir el proceso judicial para que las empresas regulen estas figuras en el menor plazo posible sin esperar a que se posicione un juez de la jurisdicción social al respecto.
Concretamente, la nueva Ley de Empleo, que entró en vigor el pasado 2 de marzo, introduce una disposición por la que se deroga el apartado ‘d’, del artículo 148 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social. De este modo, se evita que la Inspección de Trabajo tenga que personarse ante el Juzgado de lo social para que determine si existe una relación laboral, sino que puede levantar acta de oficio y alta, siendo la empresa la que, si no está de acuerdo con la decisión de Inspección, acuda a los tribunales, pero a la jurisdicción de lo contencioso-administrativo.
La nueva legislación laboral tiene importantes implicaciones tanto para los empresarios como para los trabajadores en España. Los empleadores deberán asegurarse de cumplir con las nuevas regulaciones, particularmente con respecto a los contratos temporales y proporcionar razones válidas para el despido.
¿Qué medidas en materia de igualdad incluye la Ley de Empleo?
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Busca promover la igualdad de oportunidades en el acceso al empleo y en el desarrollo profesional y reducir las brechas de género.
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Define un marco de referencia para la formación profesional que permita la homologación de títulos y certificados de profesionalidad en todo el territorio.
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Se establecen medidas para mejorar la calidad de la formación, garantizando la adecuación de los programas formativos a las necesidades del mercado laboral y la actuación permanente de los mismos.
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La ley hace hincapié en la importancia de la formación y la cualificación de las personas, estableciendo medidas para la mejora de la formación y el reciclaje profesional así como para la adecuación de la formación a las necesidades del mercado laboral.
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Se establecen medidas para reducir las brechas de género en el mercado laboral y promover la igualdad de oportunidades, como la incorporación de criterios de género en la planificación y evaluación de las políticas de empleo y la promoción de igualdad salarial entre hombres y mujeres.