¿Qué es Carpeta Justicia?

El consumidor no debe ser condenado en costas por rechazar un acuerdo extrajudicial con el banco.

Tribunal Supremo, Sala Primera, de lo Civil, Sentencia 531/2022 de 5 Jul. 2022, Rec. 1425/2019

El demandante había suscrito un contrato de préstamo hipotecario que contenía una cláusula suelo, formuló una reclamación extrajudicial a la entidad prestamista y la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, en sentencia de 5 de julio de 2022, ha declarado la improcedencia de la imposición de costas a un consumidor, que contrató un préstamo hipotecario afectado con una cláusula suelo abusiva, tras haber rechazado un acuerdo extrajudicial al amparo del Real Decreto-Ley 1/2017, la entidad ofreció devolverle determinada cantidad, lo que no fue aceptado por el prestatario .

La Audiencia Provincial consideró que el consumidor había actuado de mala fe, puesto que, pese a poder haber obtenido lo mismo en vía extrajudicial, forzó la incoación del procedimiento para beneficiarse de una condena en costas a la entidad demandada. Sin embargo, el Supremo afirma que, en tal caso, la solución no es la aplicación de una regla sobre imposición de costas no prevista legislativamente, sino otro tipo de remedios como los contenidos en los arts. 11.1 y 2 LOPJ y 247 LEC.

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