Aplazar las deudas objeto de gestión recaudatoria (cuotas, recargos…) y los recargos sobre prestaciones económicas por accidentes laborales o enfermedades profesionales derivadas de faltas de medidas de seguridad e higiene en el trabajo, pero en este caso solo siempre que se garanticen con un aval.

En estos casos, el ciudadano podrá pedir el aplazamiento de las deudas, que se tendrán que abonar en un plazo máximo de cinco años y dejará al contribuyente, a efectos de bancos y otras organizaciones, al corriente de los pagos con la Seguridad Social.

 

Cómo pedir un aplazamiento de deudas

Para pedir el aplazamiento, es indispensable presentar el modelo TC 17/10, https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/CotizacionRecaudacionTrabajadores/1327/1342 , y que hay que entregar en la Administración de la Tesorería General de la Seguridad Social de dos formas:

-Por vía telemática, en el servicio ‘Aplazamiento en el pago de deudas a la Seguridad Social’, mediante certificado digital, usuario + contraseña y Cl@ve PIN.

-Por vía presencial, en los organismos estatales, autonómicos o locales correspondientes, las oficinas de correos, representaciones diplomática u oficinas consulares en el extranjero, oficinas de asistencia en materia de registros y cualquier otro centro establecido por las disposiciones vigentes.

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