El pasado 2 de agosto de 2022 se publicó en el BOE el Real Decreto-Ley 14/2022 , de 1 de agosto, que pretende adoptar/ medidas de ahorro energético así como el establecimiento de ayudas al transporte, becas y ayudas al estudio así como cambios regulatorios en la cotización de trabajadores autónomos y regulación del cese de actividad.
SISTEMA DE COTIZACIÓN:
Los trabajadores autónomos cotizarán según sus rendimientos netos anuales obtenidos en el ejercicio de sus actividades económicas y podrán elegir durante la base mínima y máxima de su tramo según los rendimientos durante los ejercicios 2023, 2024 y 2025.
Se establece una cuantía reducida de 80 euros mensuales entre los años 2023 y 2025 hasta la finalización de los 24 primeros meses y 160 a partir del mes 25, en los casos siguientes:
– Nuevos autónomos
– Discapacidad reconocida igual o superior al 33%
– Víctimas de violencia de género o de terrorismo.
Desparece la edad como requisito para la elección de la base de cotización, siempre y cuando la elección venga determinada por las bases máximas del tramo que le corresponda conforme a sus rendimientos netos.
Se modifica el art. 38 del Estatuto del Trabajador autónomo para la bonificación de cuotas para trabajadores autónomos durante el descanso por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural, así como el art. 38 bis (bonificación a las trabajadoras autónomas que se reincorporen al trabajo en determinados supuestos) y el art. 38 ter (Reducciones en la cotización a la Seguridad Social aplicables por inicio de una actividad por cuenta propia).
Se modifica la regularización anual de la cotización y la Tesorería General de la Seguridad Social devolverá el importe que proceda sin aplicación de interés de demora alguno, antes del 30 de abril el ejercicio siguiente a aquel en que la correspondiente Administración tributaria haya comunicado los rendimientos computables en vez del anterior plazo establecido que se extendía al 31 de mayo.
Para más información puede consultar en el enlace a la norma:
Disposición 12925 del BOE núm. 184 de 2022 PUBLICACION BOE NORMATIVA
El título I contempla medidas en materia de transporte terrestre y se estructura en tres capítulos:
El capítulo I que recoge medidas en materia de sostenibilidad del transporte de mercancías por carretera.
El capítulo II que recoge medidas de apoyo al tejido económico y empresarial del transporte terrestre, con medidas para reforzar la liquidez de empresas y autónomos, en la que se prevé un sistema de ayudas directas, correspondiente al ejercicio 2022, para la concesión de apoyo financiero a empresas y trabajadores autónomos cuya actividad se encuadre entre las comprendidas en los códigos de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas, aprobada por Real Decreto 475/2007, de 13 de abril, que se mencionan en el apartado 4.
En relación con el cumplimiento de la normativa de ayudas de Estado, la finalidad de tales ayudas será paliar el efecto perjudicial del incremento de los costes de los productos petrolíferos ocasionados como consecuencia de la invasión de Ucrania y las sanciones impuestas a Rusia por su causa.
El capítulo III incluye medidas de fomento del transporte público colectivo y de aseguramiento de la movilidad cotidiana.