Supuestos en los que no podrá demorar el ofrecimiento de la revisión médica. En concreto:

  • Si contrata a nuevos trabajadores, deberá ofrecerles la revisión cuando los contrate.
  • También deberá ofrecer la revisión médica si cambia las funciones de algún trabajador y las nuevas funciones implican nuevos riesgos para su seguridad y su salud.
  • Si un trabajador se reincorpora al trabajo tras una IT de larga duración (por ejemplo, de más de tres meses), también deberá ofrecerle la revisión en ese momento.

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