Conductor, si es extranjero y no pertenece a la Unión Europea, para que pueda conducir, ¡Importante! acuérdate de solicitar en el Servicio Territorial de Transportes que te corresponda por tu comunidad, el «Certificado de conductor de países de terceros»

Las empresas titulares de autorizaciones de transporte público o privado complementario, de mercancías o de viajeros en autobús, ya sean públicos o privados complementario que contraten a conductores no pertenecientes a la Unión Europea.

¿Qué documentación se debe presentar?

1. Pasaporte, NIE o permiso de residencia en vigor

2. Permiso de conducción en vigor. Si ha sido otorgado por autoridad distinta de la española, se acompañará necesariamente informe de la Jefatura Provincial de Tráfico acreditando la validez del mismo

3. Número de afiliación a la Seguridad Social del conductor y justificación de su alta (último boletín de cotización a la Seguridad Social).

4. Certificado de Aptitud Profesional (CAP) en vigor.

– Declaración de veracidad de la documentación aportada.

¿Qué tasas se deben pagar y cómo hacer su pago?

el importe actual de la tasa es: 20,71 euros

Lista de normativa

Ver Orden FOM/3399/2002, de 20 diciembre

Conforme a lo dispuesto en el artículo 28.7 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten.

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